Enjuiciamiento a Expresidentes: Capricho convertido en Consulta
A un mes de llevarse a cabo la primera gran consulta popular organizada por el Instituto Nacional Electoral (INE), tal parece que el Presidente de la República se salió con su capricho demagógico que hizo desde su campaña y que reafirmó a su llegada a Los Pinos, en el sentido de enjuiciar a los expresidentes de México por sus acciones, incumplimientos, actos de corrupción, desvío de recursos y hasta por llevarse las toallas y cortinas de Palacio Nacional.
Un primer aspecto negativo de la consulta, es que, si bien el ejercicio que se practicará cumple con los requisitos que marca el artículo 35, fracción VIII de la Constitución Federal y lo que establece la Ley Federal de Consulta Popular, pareciera que se utilizan y aprovechan estos preceptos para normar y legalizar una petición que suena más a una acción populista, que a una iniciativa de verdad ciudadana, eso queda más que claro.
Otro aspecto en demasía negativo, es el hecho de que esta consulta costará, de acuerdo a datos del INE, 528 millones de pesos; recursos que bien podrían invertirse en programas y acciones de impacto más directo para la población, como la compra de vacunas para los niños con cáncer o los apoyos que demandan emprendedores.
Un revés más, radica en el cambio de pregunta por parte de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), a la originalmente planteada por el Presidente de la República, en el sentido de no utilizar los nombres de los expresidentes, por lo que la pregunta que los ciudadanos deberán responder (con un Sí o No), es la siguiente: ¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminado a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?. Una pregunta que lejos de acotar su influencia a 5 personajes, la SCJN lo amplía a cualquier actor político, quitándole el tema mediático que el Presidente buscaba.
Por otra parte, para que los resultados de la Consulta sean vinculatorios para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y autoridades competentes, se requiere de una participación, como mínimo, del 40% de las y los ciudadanos inscritos en la lista nominal, lo que equivale aproximadamente a 37.5 millones de ciudadanas y ciudadanos; una labor temeraria, si consideramos que en la elección pasada, la participación ciudadana fue del 52%; sin embargo, en esta ocasión se limita casi un 30% la instalación de mesas receptoras.
Como reflexión, no se entiende el hecho de que la 4T enarbole, incesantemente, que encabeza gobiernos austeros, pero en esta ocasión, de ninguna manera se puede considerar así; no cuando se padecen aún los efectos de una pandemia mortal, por lo que ejercer todos esos millones de pesos para la “Consulta”, se puede nombrar como un derroche innecesario de recursos.
Una reflexión más se centra en el aspecto jurídico-legal y judicial sobre el tema de origen, ya que, de existir elementos fehacientes que den muestra de que algún actor político realizó una acción fuera de la Ley, no se requiere de la organización de una Consulta Popular, mucho menos del derroche de recursos, lo que se requiere es una denuncia ante la autoridad competente; hecho que debe hacerse desde el momento que se tiene conocimiento de la falta.
Quiero dejar en claro, que con este artículo no trato de inhibir la participación de los ciudadanos en esta Consulta; todo lo contrario, invito a que todas y todos participemos activamente, ya que este proceso (demagógico, populista, caprichoso o como guste llamarlo), es un ejercicio legal, por lo que nos encontramos obligados a participar como ciudadanos.
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