martes, 11 de diciembre de 2018

En tránsito... Por: Jesús Ricaño Herrera


¿Quiénes son autoridades de Tránsito?


En esta oportunidad vamos a platicar sobre un tema que levanta debates, despierta animosidad y hasta desborda pasiones. Como bien sabe, en el sexenio de Javier Duarte, la que fuera la Dirección General de Tránsito y Transporte fue dividida. De este divorcio nacieron la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial y la Dirección General de Transporte Público del Estado.

Al ser intervenidos, muchas personas exigen que una autoridad en materia de tránsito les muestre el “artículo” que dice que deben entregar la licencia, la tarjeta o el vehículo, cosa que viene obviamente descrita en ese documento, como si se dudara de lo que el Oficial sabe o si se dudara de su figura como autoridad.

Lo cierto es que conozco a pocas personas que no trabajen en Tránsito del Estado que hayan leído o conozcan la Ley de Tránsito y su Reglamento, aprovechando que hablamos de este ordenamiento, veamos qué nos dice:

Artículo 8. Son autoridades estatales en materia de Tránsito y Seguridad Vial, las siguientes:

I.   El Gobernador del Estado;
II.  El Secretario de Seguridad Pública;
III. El Secretario de Finanzas y Planeación;
IV. El Director General de Tránsito y Seguridad Vial;
V.  El Presidente Municipal;
VI. Los Peritos; y
VII.Los policías viales, servidores públicos dependientes de la Dirección General de Tránsito y Seguridad Vial o en su caso del Ayuntamiento; que con fundamento en la Ley, ordenan, ejecutan o emiten actos administrativos y jurídicos susceptibles de exigirse mediante el uso de la fuerza pública.

Como podemos ver, el catálogo de autoridades en la materia que nos ocupa es extenso y muy variado. Por ejemplo, si una persona uniformada dependiente del Ayuntamiento y con uniforme con la leyenda “Apoyo Vial”, le pide que se retire de un lugar donde está prohibido detenernos, deberá quitarse, está usted frente a una autoridad de tránsito.

Recuerde, los ajustadores de seguros no son autoridades de tránsito y los policías sí son autoridades auxiliares de tránsito. 

Le agradezco el tiempo que se tomó para leernos, tenga buen día y buen trayecto. Comentarios a: jojerihmx@gmail.com

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