Arturo Antonio.- Diputados de la LXV Legislatura de Veracruz, aprobaron reformas a la ley con las que se establece que el poseedor de la licencia para conducir tipo “A”, podrá conducir los vehículos señalados en la tipo B y C, aunado a que se amplía a diez años la vida útil de las unidades destinadas para el servicio de taxi, siempre y cuando cuenten con las adecuadas condiciones mecánicas y de seguridad.
Durante la sesión extraordinaria, celebrada el 25 de febrero, el Pleno aprobó, con 41 votos a favor, sin abstenciones ni votos en contra, el dictamen de la Comisión Permanente de Transporte, Tránsito y Vialidad, resultado de las iniciativas presentadas por la diputada Magaly Armenta Oliveros y el Grupo Legislativo Mixto de los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México (PRI-PVEM).
Con esta modificación, queda asentado en el artículo 54 de la Ley Número 589 de Tránsito y Transporte para el Estado que la licencia de chofer tipo “A” autoriza a su titular a conducir vehículos de motor dedicados al servicio de transporte público de pasajeros y los descritos en los dos párrafos subsecuentes (tipo B y C).
Los vehículos que sean utilizados para prestar el servicio de transporte público reunirán las características, condiciones técnicas, mecánicas, electromecánicas, de seguridad e higiene necesarias y deberán portar los engomados respectivos, uniformidad de color por municipio y demás requisitos establecidos.
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