lunes, 1 de marzo de 2021

Pensión jubilatoria del ISSSTE deberá pagarse en UMAs: SCJN



La segunda sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), determinó “que el tope máximo de la pensión jubilatoria otorgada por el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), deben cuantificarse con base en la unidad de medida y actualización (UMA)”.


Como resultado se modifica la disposición legal del artículo décimo transitorio de la ley del ISSSTE, y la pensión por jubilación no se calculará en salarios mínimos. La diferencia es notable, ya que las UMAs equivalen a 89. 62 pesos, y el salario mínimo está en 141.70 pesos esto les afecta a todos los profesores jubilados, ya que la diferencia entre UMAs y salario mínimo es de $ 52.06.


De acuerdo con la Ley de Amparo, esta contradicción de tesis, es de carácter obligatorio para todos los Tribunales del País y es inatacable. Los Plenos de Circuito, los tribunales colegiados y unitarios de circuito, los juzgados de distrito, tribunales militares y judiciales del orden común de los Estados y del Distrito Federal, y tribunales administrativos y del trabajo, locales o federales deben aplicarla.


Tan solo en la Sección 32 del SNTE, se cuentan con más de 14 mil trabajadores pensionados y jubilados que con la entrada en vigor de las UMAS, no se benefician con el porcentaje similar a la de los salarios mínimos, como estaba estipulado en el Décimo Transitorio de la Ley del ISSSTE, que el incremento sería similar al porcentaje que se otorgará a los mínimos cada año.

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