Luego de darse a conocer que tres ediles del ayuntamiento aspiran a contender como candidatos a un cargo de elección popular, se puede dar la posibilidad de que sus respectivos suplentes asuman temporal o definitivamente el cargo edilicio, según los resultados electorales y lo que determine el Congreso.
Los suplentes, en orden edilicio son: De la Síndica Única, Arely Guadalupe Bonilla Pérez, su suplente es Ana Ivette Gutiérrez Fernández. Del Regidor Tercero, Jorge Ignacio Luna Hernández, su suplente es Abel Pelayo Anell. Del Regidor Octavo, Benjamín Sánchez Flores, su suplente es Felix Roberto Hernández Aguilera.
La Ley Orgánica del Municipio Libre para el Estado de Veracruz, determina lo siguiente:
Artículo 24.- En las faltas temporales de los ediles propietarios, que no excedan de sesenta días, el Cabildo podrá acordar que, según sea el caso, al Presidente Municipal lo supla el Síndico y al Síndico, el Regidor que designe el Cabildo. Las de los Regidores no se suplirán, si existe el número suficiente de ediles, conforme a esta Ley, para que los actos del Ayuntamiento sean válidos, de lo contrario, se informará al Congreso del Estado para que éste o la Diputación Permanente, en su caso, llame al suplente respectivo.
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